Lucha política puertorriqueña en dos frentes:Isla y EE.UU.

Para que se entienda mejor el caso puertorriqueño, debo citar a Joseph E. Stiglitz, ex asesor del Presidente Clinton, Premio Nobel de Economía y Catedrático en la Universidad de Columbia, y su libro más reciente “Los felices noventa”. Señala en sus páginas que la democracia estadounidense sigue siendo la envidia del mundo, y que es bueno que el Gobierno de Bush sea ahora de paladín de la expansión forzosa de la democracia. Pero sería mucho más creíble y tendría mucho más éxito –añade- si se fijara más en el propio Estados Unidos, si examinara con más honradez sus propia prácticas y si iniciara una discusión más amplia sobre qué significa realmente la democracia con mayúsculas.
Como puertorriqueño debo darle la razón a Stiglitz. Estados Unidos nos exigió como botín de guerra a la España derrotada al concluir la Guerra Hispano-Cubano-Norteamericana. Una vergonzante matria, destrozada en el amor propio por el poderío naval de la potencia emergente, se vio obligada a claudicar en el Tratado de París y entregarnos a Washington. Por voz del General Nelson Miles, conocedor de los casi cuatro siglos de coloniaje español en Puerto Rico, el Gobierno estadounidense llegó en 1898 prometiendo democracia y libertad, igualdad y reconocimiento de derechos humanos. Hoy, ciento ocho años después mantienen vigente la mancha indeleble del neocolonialismo que nos obliga a luchar políticamente en dos frentes, en nuestro propio suelo y en el todopoderoso Congreso de EE.UU.
En Washington: Estigma colonial, “Señorío Feudal”
El 25 de mayo de 2005, una oficina de análisis del Congreso hizo público en Washington un estudio que reabre las más profundas heridas del debate sobre o estatuto jurídico-político de Puerto Rico. Un análisis político que acentúa la naturaleza “colonial” del Estado libre Asociado (ELA). Un informe que reconoce sin recato la posible imposición de requisitos referentes al idioma inglés en caso de que nos convirtamos en el estado 51 de la Unión, así como del futuro incierto de la ciudadanía estadounidense que nos fue impuesta en 1917, con el objeto de utilizar a los jóvenes boricuas como carne de cañón en la Ira. Gran Guerra, sin que mediara entonces, como habría sido preceptivo en democracia, una previa consulta a nuestro pueblo.
El estudio firmado por Keith Bea, especialista en Asuntos Territoriales de la División de Gobierno y Finanzas del Servicio de Investigaciones del Congreso, titulado “Es estatuto político de Puerto Rico: Trasfondo, Opciones y Asuntos en el Congreso 109”, sirvió de trasfondo a los senadores y representantes federales, en previsión del informe sobre el estatuto de la isla que se hizo público el 22 de diciembre de 2005 por un grupo de trabajo de la Casa Blanca nombrado por el Presidente Bush. El mismo establece que “Puerto Rico permanece sujeto a la jurisdicción del Congreso, bajo la cláusula de territorios de la Constitución federal”. Como hace más de un siglo.
Keith Bea describe la naturaleza del poder de Estados Unidos sobre Puerto Rico como “de señorío feudal” y advierte que –aunque existen interpretaciones distintas- la adopción de la Constitución del ELA no alteró la situación jurídica de la relación establecida antes de 1952. Cito del estudio: “Aunque la aprobación de la Constitución del ELA marcó un cambio histórico en el gobierno civil de las islas (el archipiélago de Puerto Rico) ni ésta, ni las leyes públicas aprobadas por el Congreso en 1950 y 1952 revocaron las normas que regulan la situación legal entre Puerto Rico y Estados Unidos”, conclusión que remarca el ya conocido como Informe Barrales de 22 de diciembre de 2005.
Pese a la diversa jurisprudencia acumulada en más de medio siglo, dicho Servicio de Investigaciones de la Casa Blanca mantiene que las acciones tomadas –y no tomadas- por el legislativo federal “indican que podrían ocurrir cambios en el estatuto político a través de acuerdos bilaterales entre el pueblo de Puerto Rico y el Congreso”. Y el análisis indica también que la ausencia de definiciones sobre las cuatro opciones a ser consideradas de cara al estado reflejan “la complejidad de este debate”.
Cuatro alternativas: Autonomía, Estado Federal, Independencia y Libre Asociación
Dicho estudio recalca que las autonomistas pueden argumentar que el cierto grado de autonomía que tiene la Isla le ha permitido a Puerto Rico mantener un “espíritu cultural” distinto al estadounidense. Pero advierte que el Congreso ha rechazado, en 1999 y 2001, algunas de las deseables mejoras al ELA que han sugerido los defensores del estatuto actual, como el poder para vetar ciertas leyes federales, pactar acuerdos comerciales internacionales y el reconocimiento de una relación “permanente” con EE.UU.
En el caso de los anexionistas que ansían la incorporación de Puerto Rico como estado de la Unión, Keith Bea recuerda que hay precedentes por los cuales EE.UU. ha impuesto requisitos referentes al idioma inglés, como sucedió con Oklahoma, Nuevo México y Arizona. También advierte del agrio debate que surgiría en el Congreso, principalmente en la Cámara de Representantes, donde habría que quitar muchos del total de 435 escaños a varios estados que tienen menos población que Puerto Rico y verían mermada su representación, por mor de la muestra que, atendiendo a nuestra densidad poblacional, pasaría a ser una de las más nutridas en la Cámara Baja.
En cuanto a la independencia el informe prevé que “los puertorriqueños” estrecharán sus lazos con el resto de países del Caribe, pero “probablemente se verán forzados a escoger entre la ciudadanía de EE.UU. y la de Puerto Rico”. Pero como ha sucedido en anteriores procesos de negociación, el Servicio de Investigaciones reconoce que el legislativo federal puede optar por establecer un proceso de transición durante el que continuaría la asistencia económica federal.
La libre asociación es reconocida en el informe como una cuarta alternativa. Se dice de modo expreso que “la libre asociación deberá ser precedida por el reconocimiento de que Puerto Rico es una nación soberana que se gobierna a sí misma, que no es parte de Estados Unidos”. Pero menciona que la libre asociación no sólo es una fórmula que puede ser anulada unilateralmente por cualquiera de las partes, sino que su eliminación revertiría a Puerto Rico a su condición de Estado Libre Asociado.
El estudio que nos ocupa toma nota del esforzado interés demostrado por Puerto Rico a favor de convocar un referendo que emplace a EE.UU a atender sin dilación éste debate; y reconoce que también se ha discutido la opción de convocar a una Asamblea Constitucional de Status. En la discusión sobre la Asamblea Constitucional, advierte que ha quedado fuera “la constitucionalidad de las alternativas” de estatuto.
Para el investigador Bea, “cuando el Grupo Especial de Trabajo del Presidente Bush sobre el Estatuto de Puerto Rico divulgue su informe, lo que ocurrió el 22 de diciembre de 2005, puede generarse “momentum” para que el Congreso considere alternativas destinadas a revisar el actual estatuto”. Y ya los dos partidos políticos puertorriqueños mayoritarios, con el apoyo de congresistas estadounidenses, han presentado proyectos en Washington al respecto.
En la Isla: Pugna Política e Ingobernabilidad
Después de las últimas elecciones generales de 2 de noviembre de 2004, el Partido Nuevo Progresista (PNP) defensor del anexionismo a EE.UU. como estado 51, que logró la mayoría en ambas Cámaras, pero no la elección de su Presidente y ex Gobernador de Puerto Rico de 1993 a 2001, Pedro Rosselló – un verdadero megalomaníaco cuyo período de gobierno se caracterizó por un apabullante proceso de corrupción galopante- ha estado interfiriendo con añagazas de la peor calaña, dirigidas a entorpecer el funcionamiento de las instituciones, la gobernabilidad del país y la convivencia ciudadana como nunca antes en nuestra historia.
A pocos meses de iniciado el cuatrienio, el asunto del estatuto –que se encaraba como asunto prioritario dentro de la filosofía de gobierno compartido – pasó a ocupar un segundo plano en la discusión pública, desde entonces dominadas por agrias pugnas partidistas encabezadas por la división interna que en su propio partido anexionista ha generado el egocentrismo de Pedro Rosselló.
Mientras tanto, las miradas estuvieron puestas en el hoy conocido como Informe Barrales del grupo nombrado por el Presidente Bush para atender el asunto del estatuto isleño, así como también en la participación anual de puertorriqueños representativos ante el Comité de Descolonización de la ONU, cuya última comparecencia tuvo lugar el 13 de junio de 2005.
Al efecto, Fernando Martín, presidente ejecutivo del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) y el Presidente del Colegio de Abogados, Julio Fontanet ha expresado su esperanza de que dichas ejecutorias en Washington y Nueva York provoquen suficiente debate no sólo en Puerto Rico sino en EE.UU. sobre la imperiosa necesidad de que el problema colonial de Puerto Rico se enfrente de una vez por todas. Que consigamos salir del limbo jurídico político en que estamos hace ya 54 años.
Si bien el verdadero ejercicio de la libre determinación tiene que iniciarse en Puerto Rico, la discusión sobre el Estatuto se apagó luego de que nuestro primer mandatario (Gobernador del ELA), Aníbal Acevedo Vilá vetara un proyecto que contaba con el respaldo unánime de los tres partidos políticos y que promovía consultar al pueblo si querían o no exigirle al Congreso norteamericano un compromiso con el tema del Estatuto. Acevedo Vilá plasmó se veto argumentando que los novoprogresistas (anexionistas) dejaron saber públicamente que no estaban comprometidos con darle paso a la Asamblea Constituyente que patrocinan el Gobernador y su Partido Popular Democrático (PPD, autonomista).
Muchos Estudios y Ninguna Acción
El reconocido politólogo Juan Manuel García Passalacqua arguye que mientras Puerto Rico se descompone los EE.UU. estudian el asunto en silencio y tras el Informe citado del Comité Interagencial de la Casa Blanca, más los estudios de la Oficina del Contralor General estadounidense y el Comité Conjunto sobre Economía del Congreso, se romperá el silencio de la metrópoli colonial. Por tanto, pienso que es útil recordar ahora las otras veces que en el pasado siglo ha ocurrido lo mismo.
En la década de 1980, motivado por el surgimiento en Puerto Rico y Estados Unidos de la violencia clandestina de “Los Macheteros”, el Consejo Nacional de Seguridad de Washington encomendó a un Embajador de carrera (que había vivido la “revolución de los claveles” que puso término a la dictadura fascista en Portugal) diseñar una política norteamericana sobre Puerto Rico. Tal y como había ocurrido con el Informe Carrol en 1990 luego de la invasión del 98, y con el Informe Brookings en 1930 motivado por el surgimiento del Partico Nacionalista de Pedro Albizu Campos, el Informe Bloomfield en 1983 actualizó los asuntos referentes a la relación colonial en el contexto de la violencia.
Las conclusiones del Informe del Embajador Bloomfield en la década de los 80 fueron claras: 1. Existía una “necesidad urgente” de atender el asunto de estatuto; 2. La responsabilidad caía sobre “el mal manejo” del Congreso estadounidense en no atender el asunto; 3. La relación colonial había resultado en “un fracaso económico”; 4. La dependencia económica había creado unos “costos sociales enormes”; 5. El asunto del estatuto era “un problema internacional para los EE.UUU.; 6. Se debía comenzar a organizar “la transición hacia un nuevo estatuto político”.
En la década de los 90, reitera Passalacqua, “el Informe Bloomfield gatilló la consideración del estatuto en el Congreso”. En la Cámara de Representantes el proyecto para resolver el estatuto jurídico-político de Puerto Rico se aprobó por un solo voto. El senado de EE.UU. tomó otro curso, completamente distinto. Veámoslo.
En vez de considerar proyecto alguno, celebró unas “vistas deliberativas” (oversight hearings, en inglés) en 1998, sobre sólo dos opciones para Puerto Rico: soberanía separada on independencia. A esas vistas fue invitado solamente el Servicio de Investigaciones del Congreso (Congressional Research Service) y un pequeño grupo de cinco destacados puertorriqueños que frente a seis senadores norteamericanos analizaron cuarenta y siete cuestiones relativas al Estatuto, así como otras doce cuestiones referidas a la fórmula de libre asociación soberana.
En 1999, el asunto volvió al Senado de EE.UU., en otras vistas deliberativas, esta vez para tratar de entender los resultados del plebiscito de 1998. Se examinaron veinticinco de las cuestiones existentes en mayo de 1999 relacionadas con el Estatuto. Y poco tiempo después, como consecuencia de la muerte de un vigilante puertorriqueño por un bombardeo en las instalaciones de la Marina norteamericana en nuestra isla de Vieques, la historia de la relación con Estados Unidos cambió.
En el año 2000, la World Peace Foundation, la misma que había patrocinado el Informe Bloomfield dos décadas antes, atendió de nuevo el asunto del Estatuto de Puerto Rico y emitió un informe titulado “El reto de Puerto Rico: A resolver las cuestiones del Estatuto” firmado por Rachel M. Gisselquist y que se centró en dos preguntas clave: ¿cuál es “el mejor o clarificado” Estatuto para Puerto Rico?, y ¿qué procesos deben seguirse para influenciar al pueblo de Puerto Rico y/o al Gobierno de EE.UU., para atender apropiadamente el asunto del Estatuto? La sesión se celebró precisamente y no por coincidencia en las fechas de mayo en que se efectuaron los arrestos masivos en la Isla de Vieques cuando la Mariana se oponía a marcharse.
Los aspectos discutidos fueron los políticos y económicos del estatuto y la presencia de la Marina de Guerra de EE.UU. en las deliberaciones, y las opciones de política pública para los Estados Unidos. Los temas específicos fueron: Vieques, hechos y ficciones históricas, la identidad nacional y el estatuto, las actuales realidades política y económica, las cuestiones sustantivas y procesales, y cómo definir las opciones de estatuto debo señalar que ninguno de los invitados del Congreso federal aceptó participar, aunque sí la Casa Blanca que estuvo presente y habló mucho, según testimonio de Passalacqua.
Aunque el Congreso de EE.UU. volvía a desentenderse de una cuestión que le atañe directamente, como sigue haciendo hoy, el informe de esa sesión de 2000 concluyó “que el consenso fuerte es que los Estados Unidos tiene la responsabilidad de actuar para clarificar la cuestión del estatuto”. Todo hace presagiar la necesidad de un empujón especial para que el Congreso actúe, para que haya “acción americana”.
Mancha Indeleble de colonialismo
La Constitución del Estado Libre Asociado, una entidad política que, según nuestro máximo líder histórico Luis Muñoz Marín y su Partido Popular Democrático (PPD) fue producto de un pacto bilateral que creó estructuras inalterables excepto por acuerdo mutuo, fue enmendada unilateralmente por el Congreso de EE.UU. sin que la contraparte boricua interviniera, y los puertorriqueños tuvieron que ratificar después cambios que no les fueron consultados y en los que no participaron.
En la superficie, tanto Estados Unidos como el Gobierno de Puerto Rico buscaron la mancha del colonialismo, por lo menos en apariencia. De ahí que la carta de trámite del Gobernador Luis Muñoz Marín al Presidente Harry S. Truman, de 12 de marzo de 1952, acompañando la constitución, decía que “el vestigio de colonialismo” que quedaba en la relación entre ambos países era subsanado por la “acción bilateral a través del libre acuerdo”.
La carta de trámite del Presidente Truman al Congreso de 22 de abril de 1952, por su parte, señalaba que con la aprobación de la Constitución, “el Commonwealth” de Puerto Rico será verdaderamente un gobierno por consentimiento de los gobernados”. Pero apenas el documento llegó al Congreso federal, todo se quedó en palabras.
El informe de la Cámara de Representantes de EE.UU. recomendando la aprobación de la Constitución hizo claro que no habría cambio alguno en la relación. En vano un airado Muñoz Marín recriminó al Senado diciéndole que “ustedes, caballeros, pueden haber olvidado cómo el colonialismo lacera el espíritu de quienes lo sufren, porque ha sido tanto el tiempo, y tantas las generaciones, desde que ustedes lo sufrieron”.
En su libro “Puerto Rico: The Trials of the Oldest Colony in the World”, el ya desaparecido ex juez del Tribunal Supremo de Puerto Rico, José Trías Monge, afirma que “la Constitución fue apaleada en el proceso de su aprobación por el Congreso”. El Congreso no dudó en usar sus poderes plenarios para enmendarla unilateralmente, y cambios potencialmente humillantes sólo pudieron ser evitados por tecnicismos o mediante compromisos.
Una de las enmiendas la hizo el Senador Olin D. Johnston, de Carolina del Norte, quien propuso incluir un texto – aprobado por el Senado- a los efectos de que “ninguna enmienda a… la Constitución del “commonwealth” de Puerto Rico será efectiva hasta que sea aprobada por el Congreso de Washington”.
“La reacción en San Juan fue explosiva”, según Trías Monge. Pero lo que evitó la humillación no fue el cable de protesta enviado por la mayoría de los delegados de la Asamblea Constituyente puertorriqueña al Congreso, sino un compromiso de comité de conferencia que, por medio de una resolución conjunta, le añadió el siguiente texto a la sección 3 del artículo VII: “cualquier enmienda o revisión de esta Constitución deberá ser compatible con la resolución decretada por el Congreso de los Estados Unidos aprobando esta Constitución, con las disposiciones aplicables de la Constitución de los Estados Unidos, con la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico y con la Ley Pública 600 del Congreso octogésimo primero, adoptada con el carácter de un convenio”.
En la Cámara, el congresista George Meader, de Michigan propuso otra enmienda, a los efectos de que “nada aquí contenido (en la Constitución) deberá interpretarse como una delegación, transferencia o relevo irrevocable del poder dado al Congreso por el Artículo IV, sección 3, de la Constitución de los Estados Unidos (la cláusula territorial)”. La enmienda fue derrotada por razones procesales, pero su espíritu permeó el debate sobre la Constitución boricua.
El Congreso eliminó de un plumazo la sección 20 de la Carta de Derechos, que reconocía entre otros el derecho a la protección social por desempleo, enfermedad, vejez o incapacidad; el derecho al trabajo; el derecho a un nivel adecuado de vida; y el derecho de las madres y de los hijos a cuidado especial y asistencia.
También se eliminó unilateralmente una disposición a los efectos de que si ese cuerpo no actuaba sobre la Constitución tras recibirla el Presidente, la misma se consideraría aprobada, y se enmendó el articulado que proveía para la asistencia obligatoria a las escuelas públicas elementales, porque algunos congresistas pensaron que esa disposición afectaba los derechos de las escuelas privadas.
Fue luego de esos cambios que el Congreso aprobó la Constitución según la había enmendado unilateralmente; y el Presidente Truman firmó la resolución el 3 de julio de 1952. Fíjense que lo hicieron precisamente la víspera del Día de la Independencia de EE.UUU. Fue entonces que la Convención Constituyente de Puerto Rico se reunió el 7 de julio de 1952 y aprobó las condiciones impuestas por el Congreso estadounidense.
Finalmente, según Trías Monge, “el 25 de julio de 1952, después de esa horripilante ordalía y deslucido historial, el Estado Libre Asociado surgió a la vida “. El pueblo votó para refrendar su Constitución en las elecciones generales de noviembre de 1952. Según dice Carlos Márquez en su libro “El camino al ELA”, “más de 186.427, o el 28% de los 664.947 electores que participaron en la elección, se abstuvieron de votar por las enmiendas”.
El Estatuto Definido por el Congreso de EE.UU. y la Ciudadanía Puertorriqueña
La ciudadanía puertorriqueña fue creada por disposición del Congreso de Estados Unidos en el artículo 7 de la Ley Orgánica conocida como Ley Foraker, aprobada el 12 de abril de 1900 para convertir en Civil y poner al Gobierno Militar implantado tras la invasión norteamericana de Puerto Rico de 25 de julio de 1898.
En 1997, una decisión mayoritaria del juez asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico Jaime Fuster, en el caso de Juan Mari Brás, sostuvo que esa ciudadanía había trascendido sus orígenes para convertirse en una especie de quintaesencia de la nacionalidad puertorriqueña. Pero los análisis posteriores de estudiosos del tema levantan dudas sobre la validez y alcance de esa decisión, en la que el tribunal se dividió abiertamente en líneas partidistas, con todos los jueces nombrados por un Gobernador del Partido Popular Democrático (PPD) alineándose con el Juez Fuster y los nombrados por gobernadores del Partido Nuevo Progresista (PNP) en la disidencia.
Hasta la ratificación del Tratado de Paris en abril de 1889, los puertorriqueños eran súbditos españoles. El artículo IX del Tratado, mediante el cual España cedió a Estados Unidos las islas de Puerto Rico, Filipinas y Guam, dispuso que “los derechos civiles y la condición política de los habitantes de los territorios aquí cedidos a Estados Unidos se determinarán por el Congreso”.
El debate sobre qué hacer con las nuevas posesiones se coloreó rápidamente con ribetes racistas y de proteccionismo económico. Aunque se pensó en un principio darle la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños, prevaleció la visión de que eso sentaría un precedente peligroso con respecto a Filipinas, con el resultado de que la Ley Foraker creó una ciudadanía por fiat, es decir, por consentimiento o mandato para que tenga efecto, basada en “una autoridad que Estados Unidos había adquirido a través de la conquista armada”, según el profesor Rogers M. Smith en su ensayo “Las raíces amargas de la ciudadanía puertorriqueña”.
El artículo 7 de la Ley Foraker dispuso que “Todos los habitantes que continúen residiendo allí (Puerto Rico), los cuales eran súbditos españoles el 11 de abril de 1899 (día de la ratificación del Tratado de Paris) y a la sazón residan en Puerto Rico, y sus hijos con posteridad nascidos allí, serían tenidos por ciudadanos de Puerto Rico (y) constituirán un cuerpo político bajo el nombre de El Pueblo de Puerto Rico”.
La ciudadanía puertorriqueña fue modificada por una nueva Ley Orgánica, la Ley Jones de 1917, aprobada también bajo el poder plenario del Congreso y conforme a la cláusula territorial de la Constitución federal. Su Art. 5 declaraba ciudadanos estadounidenses a todos los que habían sido declarados ciudadanos puertorriqueños en 1900, por la Ley Foraker, una categoría de ciudadanía que la Ley Jones aparentemente derogó.
Esa derogación puede colegirse de los artículos de ciudadanía 5a y 5b de la Ley Jones (los que subsisten todavía, con al artículo 5, como parte del Código Político de Puerto Rico; el artículo 5c, una enmienda de 1938, fue derogado en 1940). El artículo 5ª, otra enmienda a la Ley Jones aprobada en 1927, declara ciudadanos de Puerto Rico a “todos los ciudadanos de los Estados Unidos que han residido, o que en lo sucesivo residieren, en la isla por un año…”, y establece, junto con el 5b, mecanismos para la adquisición de esa ciudadanía.
Pero esa ciudadanía puertorriqueña exaltada por la decisión del juez Fuster y celebrada al momento de ser emitida, no pasa de ser otra expresión del poder de la metrópoli sobre la isla, y mientras “permanezca como un status creado y definido por un Congreso en el que Puerto Rico no está representado, es inextricablemente un status subordinado, no importa cuánto el Congreso o algunos puertorriqueños la alaben como equitativa y justa”, según el profesor Smith.
La opinión del juez Fuster, quien fue Comisionado Residente en Washington durante el mandato del gobernador Rafael Hernández Colón, lee más bien como una apasionada y arriesgada defensa del Estado Libro Asociado, algo que el hoy Juez Presidente Federico Hernández Denton señala, al advertir que “no nos corresponde expresarnos sobre la naturaleza de la relación política entre Puerto Rico y Estados Unidos, ni sobre la conveniencia o sabiduría de la fórmula del Estado Libre Asociado”.
Mientras que el juez Fuster acepta la creación por el Congreso de la ciudadanía pero postula que sus defectos fueron subsanados por la creación del Estado Libre Asociado, el Juez Hernández Denton, quien fue independentista antes de convertirse al autonomismo e integrante a la campañas políticas del PPD en tiempos de Hernández Colón, se inclina a pensar que la ciudadanía puertorriqueña “es la expresión sociológica de que los puertorriqueños compartimos una cultura distinta a la de los demás pueblos del mundo”.
De Cómo la ONU Validó el ELA
El proceso de lograr la aprobación de la Constitución del Estado Libre Asociado (ELA) por el Congreso de Washington pareció convencer al gobernador Luis Muñoz Marín y al autonomista Partido Popular Democrático, padres del ELA, de que ese cuerpo no cedería en su reclamo de poder plenario sobre Puerto Rico. Por tanto, Muñoz Marín y su partido reenfocaron su estrategia, buscando aliados en la Rama Ejecutiva estadounidense y un nuevo foro para validar el ELA: la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El Art. 73e de la Carta de la ONU provee para que los países a cargo de territorios sin gobierno propio rindan informes periódicos a la Organización. Una resolución de 1948 dispone que se informe a la Asamblea General cualquier cambio en el estado constitucional de esos territorios. Estados Unidos comenzó a rendir informes sobre Puerto Rico en 1947 y continuó haciéndolo hasta noviembre de 1953.
Muñoz Marín inició el proceso en 1952, con una carta al Presidente Harry S. Truman en la que pedía que EE.UU. cesara de rendir informes sobre Puerto Rico a la ONU. Esa carta y la comunicación que el nuevo Presidente Dwight Eisenhower enviaría a la ONU fueron objeto de intensas discusiones confidenciales con el Departamento de Estado y el Departamento del Interior.
En el primer borrador de su carta, Muñoz Marín hablaba de “la mancha del colonialismo” que había ensombrecido la relación de la Isla con Estados Unidos, y que bajo el ELA, Puerto Rico tenía un gobierno propio y que el “status” y los términos de su asociación con Estados Unidos no puede ser cambiada sin su consentimiento”. El Departamento de Estado y el del Interior objetaron tanto el término “colonialismo” como la teoría del “pacto”. De hecho, el Secretario del Interior interino Vernon Northrup le insistió al Secretario de Estado Dean Acheson que Puerto Rico debería seguir siendo considerado un territorio.
Estados Unidos le notificó a la ONU su intención de no remitir más informes de apoyo sobre Puerto Rico el 29 de enero de 1953 y el memorando de apoyo fue presentado el siguiente 21 de marzo. Puerto Rico insistió en interpretar el ELA como producto de un pacto, pero Estados Unidos no estuvo conforme con esa interpretación. Francamente molesto Muñoz Marín, llegó a pensar que se retirara el asunto, pero finalmente se decidió seguir adelante para, según el ex Juez Presidente del Tribunal Supremo José Trías Monge, no colocar a EE.UU. en una posición vergonzosa y porque se entendió que había esperanzas de que en la presentación del caso ante la ONU, se lograría un acuerdo sobre el significado del nuevo estatuto.
Una decisión del Tribunal Federal en Puerto Rico vino a fortalecer la posición de Muñoz Marín y el Partido Popular Democrático. Basándose en el caso Mora vs. Torres, el Juez Federal interino Benjamín Ortiz decidió que, “por virtud del pacto contenido en la Ley 600, se había establecido una nueva relación entre Estados Unidos y Puerto Rico, como resultado de la cual el Congreso no podía ejercer jurisdicción plenaria sobre Puerto Rico”, según el Juez Federal Juan R. Torruella en “The Supreme Court Puerto Rico: The Doctrine of Separate and Unequal”.
El Juez Federal Toruella hace la salvedad de que Ortiz, quien como antes se señaló era a la sazón Juez Asociado del Tribunal Supremo de Puerto Rico, atendiendo casos federales por designación, había sido miembro de la Convención Constituyente y, tras servir en el Tribunal Supremo hasta 1954, incursionó en la política partidista y fue elegido por el Partido Popular Democrático (PPD) a la Cámara de Representantes insular en la que sirvió como vicepresidente.
Según el propio Torruella, “una lectura de la opinión de Ortiz –en el casa de marras- muestra que los hallazgos sobre la Ley 600 y el Estatuto de Puerto Rico eran totalmente innecesarios para la decisión del caso y a lo más son dicta, es decir una mera observación del juez sin valor legal alguno”.
Pero esa opinión emitida por el Juez Ortiz en junio de 1953, fue hábilmente utilizada por el Gobernador Muñoz Marín, el Comisionado Residente en Washington Antonio Fernós Isern y el propio Trias Monge en una reunión con Benjamín Gerig, del Departamento del Interior, celebrada a los pocos días de ser emitida. Amparándose en dicha decisión, Muñoz, Fernós y Trías lograron convencer a Gerig de que EE.UU. debía usar el argumento del pacto en los debates de la ONU.
Después de la reunión con Gerig, los representantes de EE.UU. ante la ONU abrazaron la teoría del pacto. El resultado fue una serie de pronunciamientos por personajes como el delegado estadounidense ante el Comité de Información, Mason Sears; la congresista de Ohio y miembro del Comité de Asuntos Extranjeros de la Cámara de Representantes, Frances. B .Bolton; y el Embajador de EE.UU. ante la ONU, Henry Cabot Lodge.
Después de haberles hecho un repaso no sólo de la situación actual de la lucha puertorriqueña en dos frentes, en San Juan y en Washington, y de resumir cómo nuestro pueblo sigue sufriendo la ausencia de soberanía plena que jamás ha tenido y que nos convierte en la más antigua colonia mundial, 513 años después del Encuentro o Descubrimiento, debo dar cuenta de tres opiniones significativas y representativas sobre el estado actual de la cuestión tras el Informe Barrales.
El actual Comisionado Residente de Puerto Rico en Washington, Luis Fortuño, con voz pero sin voto en la Cámara de Representantes Federal y anexionista rechazó que tenga posibilidades reales requerirle a Puerto Rico la adopción del inglés como único idioma oficial. Y añadió que “en ésta época eso sería un suicidio político, antes los cuarenta y un millones de hispanos que viven en EE.UU. Eso no se hizo ni con Hawai, donde se hablan diversas lenguas”, concluyó diciendo.
Eduardo Bathia, autonomista y Director Ejecutivo de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico en Washington, piensa que el estudio lo que hace es “resumir el debate” de los últimos años, precisando que “es más neutral que otros”.
Y finalmente Manuel Rodríguez Orellana, Secretario de Asuntos de Norteamérica del Partido Independentista Puertorriqueño, sostuvo que de la lectura inicial del informe percibe que se trata de “una reiteración del status colonial de Puerto Rico”. Y apunta que “dice claramente que las únicas alternativas se estatus son la estadidad (incorporación como estado) o la soberanía propia, bajo la independencia o la libre asociación”, aunque advirtió que sería un “error jurídico” plantear que se cancela un acuerdo de libre asociación Puerto Rico retornaría a la condición de Estado Libre Asociado.
Parece que nuestro largo coloniaje tiene visos de solución final. La pelota está en el alero y los puertorriqueños inmersos en una etapa caracterizada por la angustia, el miedo y la indecisión. Toca al yanqui mover ficha y es clara su responsabilidad, ante el Dios que tanto invoca el Presidente Bush, ante la Historia y ante el Mundo, en ésta era de globalización neoliberal en que, por razones derivadas del coloniaje estadounidense, nos hallamos inmersos en graves problemas económicos, sociales y políticos. Toca esperar y ver, aunque mientras tanto las manipulaciones de los poderes ocultos estadounidenses (CIA y FBI) amparándose en la Patriotic Act antiterrorista hayan asesinado vilmente al patriota puertorriqueño Filiberto Ojeda, pisoteado los derechos civiles de muchos boricuas y hasta maltratado varios periodistas en el último medio año. Amén de influir sutilmente, por todos los medios, tanto en la opinión pública insular, como en los grupos de presión hispanos en EE.UU. La Administración Bush-Cheney, capaz de invadir Irak basándose en mentiras y posteriormente avergonzar el orbe civilizado con los atentados a los derechos humanos en Abu Grahib y Guantánamo, no para en mientes. Ni siquiera por saber que los muertos puertorriqueños en Afganistán e Irak va acercándose al centenar.
No obstante, también el PPD y su actual Gobernador de Puerto Rico, Aníbal Acevedo Vilá se debate entre las estrategias y los principios y éste parece decantarse por las estrategias como sucede en la política puertorriqueña desde la época de Luis Muñoz Marín, como bien ha recordado García Passalacqua. Y el escoger las estrategias, es decir metodologías para llegar al poder, supone el rechazo a los principios, o sea a las razones por la que uno vive, que deben primar como ejemplo a las futuras generaciones e inspirados por el ideario hostosiano.
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*Diplomático de carrera, periodista, escritor; es miembro de la Real Academia de Córdoba y de la Academia de Artes y Ciencias de Puerto Rico; y Director del Seminario de estudios puertorriqueños de Madrid.